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Aprueban reforma al Reglamento del Código Territorial en San Miguel de Allende

El cuerpo edilicio aprobó por mayoría de votos, la reforma al artículo tercero transitorio del Reglamento del Código Territorial

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El cuerpo edilicio aprobó por mayoría de votos, la reforma al artículo tercero transitorio del Reglamento del Código Territorial.

Dicho artículo afirma a la letra que “los fraccionamientos y desarrolladores en condominios que hubieran obtenido el permiso de uso de suelo antes de la entrada en vigor de la presente reforma, deberán actualizar la determinación del impacto urbano que generan y suscribir el convenio previsto en el artículo 54 del presente reglamento”.

Para esos casos, se explicó que durante el ejercicio fiscal 2020, se otorgará el beneficio de cubrir el equivalente al 10 por ciento del importe total de la contribución de mejora que corresponda por cada lote o unidad privativa.

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Para acceder al beneficio descrito, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Los contribuyentes deberán suscribir el convenio de pago de la contribución de mejora que deriva del impacto urbano, ante la Tesorería Municipal, a más tardar el 31 de mayo del 2020. Ello, conforme al dictamen emitido por la Unidad Administrativa en Materia de Planeación.
  2. Las fechas de pago quedarán establecidas en el convenio y en ningún caso podrán exceder las mismas del 31 de diciembre del año 2020.
  3. Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en el convenio que se suscriba, originará la pérdida de dicho beneficio.

La contribución podrá ser sujeta a la modalidad de prórroga o pago en parcialidades previstas en los artículos 47 y 48 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato.

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